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¿Qué temas deben ser prioritarios en la estructura de la Política Pública de Discapacidad en Bogotá?

El Sistema Distrital de Discapacidad está reformulando la Política Pública de Discapacidad para Bogotá D.C., y estamos en tránsito a la fase de formulación, por este motivo queremos conocer tus ideas y aportes para la estructura de esta política pública. El objetivo es garantizar la inclusión social de las personas con discapacidad, sus familias, cuidadores y cuidadoras reduciendo condiciones de discriminación y segregación en relación con la garantía plena del ejercicio de sus derechos. 

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Comentarios (184)

  • Anonimo ¡estoy de acuerdo!

    Reconocer, que el error para tratar la problemática de la población con discapacidad há sido, visualizarnos desde el singular de persona con discapacidad. La realidad de nuestra población es en el plural, porque la afectación no es solo para la persona que la tiene,, sino para su núcleo familiar y para su cuidador o cuidadora. Cuándo también reconocemos, qué no es una única discapacidad sino que son 8 incluyendo la más importante la más grave la que hace múltiple o severa cualquier afectación; me refiero a la discapacidad del estado colombiano para tratarnos como parte y no como punto aparte, se puede concluir qué se presentan las variantes, qué hacen puntual la afectación. Por ejemplo: No es lo mismo la afectación por autismo, que por autismo y sordoceguera, no es lo mismo la afectación para cuidar a un ser querido afectado por variantes en 8 discapacidades que cuidar dos o más. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador o cuidadora jóven qué de la tercera edad. No es lo mismo la afectación por ser cuidar(a) en el campo que en la ciudad. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a) lgtb qué heterosexual. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a), teniendo plática que sin tener ná. Mi propuesta es qué en cada entidad pública y/o privada, exista una oficina o punto físico o virtual dónde se reciba, registre, se haga seguimiento y cumplimiento a la solicitud de ajuste razonable con enfoque diferencial que presente, la persona, núcleo familiar y/o cuidador y/o comunidad afectada puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Agradezco la atención Magdalena Cala Nieto. Cuidadora familiar de mis hijos con discapacidad y núcleo familiar, afectado puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Localidad de Teusaquillo.. Nota: Un abogado me dijo que era muy difícil demostrar el estado de indefensión y le respondį: Traté de entrar a un sistema social que no fué pensado para usted y verá, cømo le vá. Eso es como tratar de llegar a la luna pegando un saltito. Digo esto en la experiencia de la propuesta de teletrabajo,por ejemplo: Nadie preguntó a ninguna persona con discapacidad, núcleo familiar y su cuidador o cuidadora que necesitaba para para acceder a esa propuesta de teletrabajo. Por ejemplo no cayeron en cuenta que muchas de las las familias y personas afectadas puntualmente no tienen recursos para comprar un computador, no tienen recursos para pagar internet, no sabe manejar las tecnologías, y muchos cuidadoras no tienen tiempo porque hay mamitas que tienen más de un hijo con discapacidad entonces a qué horas ? Entonces las cuidadoras somos cuerpo glorioso, no dormimos, no sentimos, nada nos afecta y somos invisibles en el tema de hacer cumplįr la obligación constitucional de proteger al ciudadano en estado de indefensión tampoco es considerado un trabajo el oficio de nosotras, entonces toma el teletrabajo como la gran estrategia para solucionar las problemáticas surgidas por hacer los proyectos desde el imaginario de qui3n no vive y trabaja bajo agectaciøn por variantes en 8 discapacidades? Eso es maltrato a la mujer del más alto grado. Gracias

    diciembre 29 2021, 7:32:18 p. m.
  • Anonimo ¡estoy de acuerdo!

    Reconocer, que el error para tratar la problemática de la población con discapacidad há sido, visualizarnos desde el singular de persona con discapacidad. La realidad de nuestra población es en el plural, porque la afectación no es solo para la persona que la tiene,, sino para su núcleo familiar y para su cuidador o cuidadora. Cuándo también reconocemos, qué no es una única discapacidad sino que son 8 incluyendo la más importante la más grave la que hace múltiple o severa cualquier afectación; me refiero a la discapacidad del estado colombiano para tratarnos como parte y no como punto aparte, se puede concluir qué se presentan las variantes, qué hacen puntual la afectación. Por ejemplo: No es lo mismo la afectación por autismo, que por autismo y sordoceguera, no es lo mismo la afectación para cuidar a un ser querido afectado por variantes en 8 discapacidades que cuidar dos o más. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador o cuidadora jóven qué de la tercera edad. No es lo mismo la afectación por ser cuidar(a) en el campo que en la ciudad. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a) lgtb qué heterosexual. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a), teniendo plática que sin tener ná. Mi propuesta es qué en cada entidad pública y/o privada, exista una oficina o punto físico o virtual dónde se reciba, registre, se haga seguimiento y cumplimiento a la solicitud de ajuste razonable con enfoque diferencial que presente, la persona, núcleo familiar y/o cuidador y/o comunidad afectada puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Agradezco la atención Magdalena Cala Nieto. Cuidadora familiar de mis hijos con discapacidad y núcleo familiar, afectado puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Localidad de Teusaquillo.. Nota: Un abogado me dijo que era muy difícil demostrar el estado de indefensión y le respondį: Traté de entrar a un sistema social que no fué pensado para usted y verá, cømo le vá. Eso es como tratar de llegar a la luna pegando un saltito. Digo esto en la experiencia de la propuesta de teletrabajo,por ejemplo: Nadie preguntó a ninguna persona con discapacidad, núcleo familiar y su cuidador o cuidadora que necesitaba para para acceder a esa propuesta de teletrabajo. Por ejemplo no cayeron en cuenta que muchas de las las familias y personas afectadas puntualmente no tienen recursos para comprar un computador, no tienen recursos para pagar internet, no sabe manejar las tecnologías, y muchos cuidadoras no tienen tiempo porque hay mamitas que tienen más de un hijo con discapacidad entonces a qué horas ? Entonces las cuidadoras somos cuerpo glorioso, no dormimos, no sentimos, nada nos afecta y somos invisibles en el tema de hacer cumplįr la obligación constitucional de proteger al ciudadano en estado de indefensión tampoco es considerado un trabajo el oficio de nosotras, entonces toma el teletrabajo como la gran estrategia para solucionar las problemáticas surgidas por hacer los proyectos desde el imaginario de qui3n no vive y trabaja bajo agectaciøn por variantes en 8 discapacidades? Eso es maltrato a la mujer del más alto grado. Gracias

    diciembre 29 2021, 7:32:17 p. m.
  • Anonimo ¡estoy de acuerdo!

    Reconocer, que el error para tratar la problemática de la población con discapacidad há sido, visualizarnos desde el singular de persona con discapacidad. La realidad de nuestra población es en el plural, porque la afectación no es solo para la persona que la tiene,, sino para su núcleo familiar y para su cuidador o cuidadora. Cuándo también reconocemos, qué no es una única discapacidad sino que son 8 incluyendo la más importante la más grave la que hace múltiple o severa cualquier afectación; me refiero a la discapacidad del estado colombiano para tratarnos como parte y no como punto aparte, se puede concluir qué se presentan las variantes, qué hacen puntual la afectación. Por ejemplo: No es lo mismo la afectación por autismo, que por autismo y sordoceguera, no es lo mismo la afectación para cuidar a un ser querido afectado por variantes en 8 discapacidades que cuidar dos o más. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador o cuidadora jóven qué de la tercera edad. No es lo mismo la afectación por ser cuidar(a) en el campo que en la ciudad. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a) lgtb qué heterosexual. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a), teniendo plática que sin tener ná. Mi propuesta es qué en cada entidad pública y/o privada, exista una oficina o punto físico o virtual dónde se reciba, registre, se haga seguimiento y cumplimiento a la solicitud de ajuste razonable con enfoque diferencial que presente, la persona, núcleo familiar y/o cuidador y/o comunidad afectada puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Agradezco la atención Magdalena Cala Nieto. Cuidadora familiar de mis hijos con discapacidad y núcleo familiar, afectado puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Localidad de Teusaquillo.. Nota: Un abogado me dijo que era muy difícil demostrar el estado de indefensión y le respondį: Traté de entrar a un sistema social que no fué pensado para usted y verá, cømo le vá. Eso es como tratar de llegar a la luna pegando un saltito. Digo esto en la experiencia de la propuesta de teletrabajo,por ejemplo: Nadie preguntó a ninguna persona con discapacidad, núcleo familiar y su cuidador o cuidadora que necesitaba para para acceder a esa propuesta de teletrabajo. Por ejemplo no cayeron en cuenta que muchas de las las familias y personas afectadas puntualmente no tienen recursos para comprar un computador, no tienen recursos para pagar internet, no sabe manejar las tecnologías, y muchos cuidadoras no tienen tiempo porque hay mamitas que tienen más de un hijo con discapacidad entonces a qué horas ? Entonces las cuidadoras somos cuerpo glorioso, no dormimos, no sentimos, nada nos afecta y somos invisibles en el tema de hacer cumplįr la obligación constitucional de proteger al ciudadano en estado de indefensión tampoco es considerado un trabajo el oficio de nosotras, entonces toma el teletrabajo como la gran estrategia para solucionar las problemáticas surgidas por hacer los proyectos desde el imaginario de qui3n no vive y trabaja bajo agectaciøn por variantes en 8 discapacidades? Eso es maltrato a la mujer del más alto grado. Gracias

    diciembre 29 2021, 7:32:17 p. m.
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    Reconocer, que el error para tratar la problemática de la población con discapacidad há sido, visualizarnos desde el singular de persona con discapacidad. La realidad de nuestra población es en el plural, porque la afectación no es solo para la persona que la tiene,, sino para su núcleo familiar y para su cuidador o cuidadora. Cuándo también reconocemos, qué no es una única discapacidad sino que son 8 incluyendo la más importante la más grave la que hace múltiple o severa cualquier afectación; me refiero a la discapacidad del estado colombiano para tratarnos como parte y no como punto aparte, se puede concluir qué se presentan las variantes, qué hacen puntual la afectación. Por ejemplo: No es lo mismo la afectación por autismo, que por autismo y sordoceguera, no es lo mismo la afectación para cuidar a un ser querido afectado por variantes en 8 discapacidades que cuidar dos o más. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador o cuidadora jóven qué de la tercera edad. No es lo mismo la afectación por ser cuidar(a) en el campo que en la ciudad. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a) lgtb qué heterosexual. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a), teniendo plática que sin tener ná. Mi propuesta es qué en cada entidad pública y/o privada, exista una oficina o punto físico o virtual dónde se reciba, registre, se haga seguimiento y cumplimiento a la solicitud de ajuste razonable con enfoque diferencial que presente, la persona, núcleo familiar y/o cuidador y/o comunidad afectada puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Agradezco la atención Magdalena Cala Nieto. Cuidadora familiar de mis hijos con discapacidad y núcleo familiar, afectado puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Localidad de Teusaquillo.. Nota: Un abogado me dijo que era muy difícil demostrar el estado de indefensión y le respondį: Traté de entrar a un sistema social que no fué pensado para usted y verá, cømo le vá. Eso es como tratar de llegar a la luna pegando un saltito. Digo esto en la experiencia de la propuesta de teletrabajo,por ejemplo: Nadie preguntó a ninguna persona con discapacidad, núcleo familiar y su cuidador o cuidadora que necesitaba para para acceder a esa propuesta de teletrabajo. Por ejemplo no cayeron en cuenta que muchas de las las familias y personas afectadas puntualmente no tienen recursos para comprar un computador, no tienen recursos para pagar internet, no sabe manejar las tecnologías, y muchos cuidadoras no tienen tiempo porque hay mamitas que tienen más de un hijo con discapacidad entonces a qué horas ? Entonces las cuidadoras somos cuerpo glorioso, no dormimos, no sentimos, nada nos afecta y somos invisibles en el tema de hacer cumplįr la obligación constitucional de proteger al ciudadano en estado de indefensión tampoco es considerado un trabajo el oficio de nosotras, entonces toma el teletrabajo como la gran estrategia para solucionar las problemáticas surgidas por hacer los proyectos desde el imaginario de qui3n no vive y trabaja bajo agectaciøn por variantes en 8 discapacidades? Eso es maltrato a la mujer del más alto grado. Gracias

    diciembre 29 2021, 7:32:17 p. m.
  • Anonimo ¡estoy de acuerdo!

    Reconocer, que el error para tratar la problemática de la población con discapacidad há sido, visualizarnos desde el singular de persona con discapacidad. La realidad de nuestra población es en el plural, porque la afectación no es solo para la persona que la tiene,, sino para su núcleo familiar y para su cuidador o cuidadora. Cuándo también reconocemos, qué no es una única discapacidad sino que son 8 incluyendo la más importante la más grave la que hace múltiple o severa cualquier afectación; me refiero a la discapacidad del estado colombiano para tratarnos como parte y no como punto aparte, se puede concluir qué se presentan las variantes, qué hacen puntual la afectación. Por ejemplo: No es lo mismo la afectación por autismo, que por autismo y sordoceguera, no es lo mismo la afectación para cuidar a un ser querido afectado por variantes en 8 discapacidades que cuidar dos o más. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador o cuidadora jóven qué de la tercera edad. No es lo mismo la afectación por ser cuidar(a) en el campo que en la ciudad. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a) lgtb qué heterosexual. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a), teniendo plática que sin tener ná. Mi propuesta es qué en cada entidad pública y/o privada, exista una oficina o punto físico o virtual dónde se reciba, registre, se haga seguimiento y cumplimiento a la solicitud de ajuste razonable con enfoque diferencial que presente, la persona, núcleo familiar y/o cuidador y/o comunidad afectada puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Agradezco la atención Magdalena Cala Nieto. Cuidadora familiar de mis hijos con discapacidad y núcleo familiar, afectado puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Localidad de Teusaquillo.. Nota: Un abogado me dijo que era muy difícil demostrar el estado de indefensión y le respondį: Traté de entrar a un sistema social que no fué pensado para usted y verá, cømo le vá. Eso es como tratar de llegar a la luna pegando un saltito. Digo esto en la experiencia de la propuesta de teletrabajo,por ejemplo: Nadie preguntó a ninguna persona con discapacidad, núcleo familiar y su cuidador o cuidadora que necesitaba para para acceder a esa propuesta de teletrabajo. Por ejemplo no cayeron en cuenta que muchas de las las familias y personas afectadas puntualmente no tienen recursos para comprar un computador, no tienen recursos para pagar internet, no sabe manejar las tecnologías, y muchos cuidadoras no tienen tiempo porque hay mamitas que tienen más de un hijo con discapacidad entonces a qué horas ? Entonces las cuidadoras somos cuerpo glorioso, no dormimos, no sentimos, nada nos afecta y somos invisibles en el tema de hacer cumplįr la obligación constitucional de proteger al ciudadano en estado de indefensión tampoco es considerado un trabajo el oficio de nosotras, entonces toma el teletrabajo como la gran estrategia para solucionar las problemáticas surgidas por hacer los proyectos desde el imaginario de qui3n no vive y trabaja bajo agectaciøn por variantes en 8 discapacidades? Eso es maltrato a la mujer del más alto grado. Gracias

    diciembre 29 2021, 7:32:16 p. m.
  • Anonimo ¡estoy de acuerdo!

    Reconocer, que el error para tratar la problemática de la población con discapacidad há sido, visualizarnos desde el singular de persona con discapacidad. La realidad de nuestra población es en el plural, porque la afectación no es solo para la persona que la tiene,, sino para su núcleo familiar y para su cuidador o cuidadora. Cuándo también reconocemos, qué no es una única discapacidad sino que son 8 incluyendo la más importante la más grave la que hace múltiple o severa cualquier afectación; me refiero a la discapacidad del estado colombiano para tratarnos como parte y no como punto aparte, se puede concluir qué se presentan las variantes, qué hacen puntual la afectación. Por ejemplo: No es lo mismo la afectación por autismo, que por autismo y sordoceguera, no es lo mismo la afectación para cuidar a un ser querido afectado por variantes en 8 discapacidades que cuidar dos o más. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador o cuidadora jóven qué de la tercera edad. No es lo mismo la afectación por ser cuidar(a) en el campo que en la ciudad. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a) lgtb qué heterosexual. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a), teniendo plática que sin tener ná. Mi propuesta es qué en cada entidad pública y/o privada, exista una oficina o punto físico o virtual dónde se reciba, registre, se haga seguimiento y cumplimiento a la solicitud de ajuste razonable con enfoque diferencial que presente, la persona, núcleo familiar y/o cuidador y/o comunidad afectada puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Agradezco la atención Magdalena Cala Nieto. Cuidadora familiar de mis hijos con discapacidad y núcleo familiar, afectado puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Localidad de Teusaquillo.. Nota: Un abogado me dijo que era muy difícil demostrar el estado de indefensión y le respondį: Traté de entrar a un sistema social que no fué pensado para usted y verá, cømo le vá. Eso es como tratar de llegar a la luna pegando un saltito. Digo esto en la experiencia de la propuesta de teletrabajo,por ejemplo: Nadie preguntó a ninguna persona con discapacidad, núcleo familiar y su cuidador o cuidadora que necesitaba para para acceder a esa propuesta de teletrabajo. Por ejemplo no cayeron en cuenta que muchas de las las familias y personas afectadas puntualmente no tienen recursos para comprar un computador, no tienen recursos para pagar internet, no sabe manejar las tecnologías, y muchos cuidadoras no tienen tiempo porque hay mamitas que tienen más de un hijo con discapacidad entonces a qué horas ? Entonces las cuidadoras somos cuerpo glorioso, no dormimos, no sentimos, nada nos afecta y somos invisibles en el tema de hacer cumplįr la obligación constitucional de proteger al ciudadano en estado de indefensión tampoco es considerado un trabajo el oficio de nosotras, entonces toma el teletrabajo como la gran estrategia para solucionar las problemáticas surgidas por hacer los proyectos desde el imaginario de qui3n no vive y trabaja bajo agectaciøn por variantes en 8 discapacidades? Eso es maltrato a la mujer del más alto grado. Gracias

    diciembre 29 2021, 7:32:16 p. m.
  • Anonimo ¡estoy de acuerdo!

    Reconocer, que el error para tratar la problemática de la población con discapacidad há sido, visualizarnos desde el singular de persona con discapacidad. La realidad de nuestra población es en el plural, porque la afectación no es solo para la persona que la tiene,, sino para su núcleo familiar y para su cuidador o cuidadora. Cuándo también reconocemos, qué no es una única discapacidad sino que son 8 incluyendo la más importante la más grave la que hace múltiple o severa cualquier afectación; me refiero a la discapacidad del estado colombiano para tratarnos como parte y no como punto aparte, se puede concluir qué se presentan las variantes, qué hacen puntual la afectación. Por ejemplo: No es lo mismo la afectación por autismo, que por autismo y sordoceguera, no es lo mismo la afectación para cuidar a un ser querido afectado por variantes en 8 discapacidades que cuidar dos o más. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador o cuidadora jóven qué de la tercera edad. No es lo mismo la afectación por ser cuidar(a) en el campo que en la ciudad. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a) lgtb qué heterosexual. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a), teniendo plática que sin tener ná. Mi propuesta es qué en cada entidad pública y/o privada, exista una oficina o punto físico o virtual dónde se reciba, registre, se haga seguimiento y cumplimiento a la solicitud de ajuste razonable con enfoque diferencial que presente, la persona, núcleo familiar y/o cuidador y/o comunidad afectada puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Agradezco la atención Magdalena Cala Nieto. Cuidadora familiar de mis hijos con discapacidad y núcleo familiar, afectado puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Localidad de Teusaquillo.. Nota: Un abogado me dijo que era muy difícil demostrar el estado de indefensión y le respondį: Traté de entrar a un sistema social que no fué pensado para usted y verá, cømo le vá. Eso es como tratar de llegar a la luna pegando un saltito. Digo esto en la experiencia de la propuesta de teletrabajo,por ejemplo: Nadie preguntó a ninguna persona con discapacidad, núcleo familiar y su cuidador o cuidadora que necesitaba para para acceder a esa propuesta de teletrabajo. Por ejemplo no cayeron en cuenta que muchas de las las familias y personas afectadas puntualmente no tienen recursos para comprar un computador, no tienen recursos para pagar internet, no sabe manejar las tecnologías, y muchos cuidadoras no tienen tiempo porque hay mamitas que tienen más de un hijo con discapacidad entonces a qué horas ? Entonces las cuidadoras somos cuerpo glorioso, no dormimos, no sentimos, nada nos afecta y somos invisibles en el tema de hacer cumplįr la obligación constitucional de proteger al ciudadano en estado de indefensión tampoco es considerado un trabajo el oficio de nosotras, entonces toma el teletrabajo como la gran estrategia para solucionar las problemáticas surgidas por hacer los proyectos desde el imaginario de qui3n no vive y trabaja bajo agectaciøn por variantes en 8 discapacidades? Eso es maltrato a la mujer del más alto grado. Gracias

    diciembre 29 2021, 7:32:16 p. m.
  • Anonimo ¡estoy de acuerdo!

    Reconocer, que el error para tratar la problemática de la población con discapacidad há sido, visualizarnos desde el singular de persona con discapacidad. La realidad de nuestra población es en el plural, porque la afectación no es solo para la persona que la tiene,, sino para su núcleo familiar y para su cuidador o cuidadora. Cuándo también reconocemos, qué no es una única discapacidad sino que son 8 incluyendo la más importante la más grave la que hace múltiple o severa cualquier afectación; me refiero a la discapacidad del estado colombiano para tratarnos como parte y no como punto aparte, se puede concluir qué se presentan las variantes, qué hacen puntual la afectación. Por ejemplo: No es lo mismo la afectación por autismo, que por autismo y sordoceguera, no es lo mismo la afectación para cuidar a un ser querido afectado por variantes en 8 discapacidades que cuidar dos o más. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador o cuidadora jóven qué de la tercera edad. No es lo mismo la afectación por ser cuidar(a) en el campo que en la ciudad. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a) lgtb qué heterosexual. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a), teniendo plática que sin tener ná. Mi propuesta es qué en cada entidad pública y/o privada, exista una oficina o punto físico o virtual dónde se reciba, registre, se haga seguimiento y cumplimiento a la solicitud de ajuste razonable con enfoque diferencial que presente, la persona, núcleo familiar y/o cuidador y/o comunidad afectada puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Agradezco la atención Magdalena Cala Nieto. Cuidadora familiar de mis hijos con discapacidad y núcleo familiar, afectado puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Localidad de Teusaquillo.. Nota: Un abogado me dijo que era muy difícil demostrar el estado de indefensión y le respondį: Traté de entrar a un sistema social que no fué pensado para usted y verá, cømo le vá. Eso es como tratar de llegar a la luna pegando un saltito. Digo esto en la experiencia de la propuesta de teletrabajo,por ejemplo: Nadie preguntó a ninguna persona con discapacidad, núcleo familiar y su cuidador o cuidadora que necesitaba para para acceder a esa propuesta de teletrabajo. Por ejemplo no cayeron en cuenta que muchas de las las familias y personas afectadas puntualmente no tienen recursos para comprar un computador, no tienen recursos para pagar internet, no sabe manejar las tecnologías, y muchos cuidadoras no tienen tiempo porque hay mamitas que tienen más de un hijo con discapacidad entonces a qué horas ? Entonces las cuidadoras somos cuerpo glorioso, no dormimos, no sentimos, nada nos afecta y somos invisibles en el tema de hacer cumplįr la obligación constitucional de proteger al ciudadano en estado de indefensión tampoco es considerado un trabajo el oficio de nosotras, entonces toma el teletrabajo como la gran estrategia para solucionar las problemáticas surgidas por hacer los proyectos desde el imaginario de qui3n no vive y trabaja bajo agectaciøn por variantes en 8 discapacidades? Eso es maltrato a la mujer del más alto grado. Gracias

    diciembre 29 2021, 7:32:16 p. m.
  • Anonimo ¡estoy de acuerdo!

    Reconocer, que el error para tratar la problemática de la población con discapacidad há sido, visualizarnos desde el singular de persona con discapacidad. La realidad de nuestra población es en el plural, porque la afectación no es solo para la persona que la tiene,, sino para su núcleo familiar y para su cuidador o cuidadora. Cuándo también reconocemos, qué no es una única discapacidad sino que son 8 incluyendo la más importante la más grave la que hace múltiple o severa cualquier afectación; me refiero a la discapacidad del estado colombiano para tratarnos como parte y no como punto aparte, se puede concluir qué se presentan las variantes, qué hacen puntual la afectación. Por ejemplo: No es lo mismo la afectación por autismo, que por autismo y sordoceguera, no es lo mismo la afectación para cuidar a un ser querido afectado por variantes en 8 discapacidades que cuidar dos o más. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador o cuidadora jóven qué de la tercera edad. No es lo mismo la afectación por ser cuidar(a) en el campo que en la ciudad. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a) lgtb qué heterosexual. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a), teniendo plática que sin tener ná. Mi propuesta es qué en cada entidad pública y/o privada, exista una oficina o punto físico o virtual dónde se reciba, registre, se haga seguimiento y cumplimiento a la solicitud de ajuste razonable con enfoque diferencial que presente, la persona, núcleo familiar y/o cuidador y/o comunidad afectada puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Agradezco la atención Magdalena Cala Nieto. Cuidadora familiar de mis hijos con discapacidad y núcleo familiar, afectado puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Localidad de Teusaquillo.. Nota: Un abogado me dijo que era muy difícil demostrar el estado de indefensión y le respondį: Traté de entrar a un sistema social que no fué pensado para usted y verá, cømo le vá. Eso es como tratar de llegar a la luna pegando un saltito. Digo esto en la experiencia de la propuesta de teletrabajo,por ejemplo: Nadie preguntó a ninguna persona con discapacidad, núcleo familiar y su cuidador o cuidadora que necesitaba para para acceder a esa propuesta de teletrabajo. Por ejemplo no cayeron en cuenta que muchas de las las familias y personas afectadas puntualmente no tienen recursos para comprar un computador, no tienen recursos para pagar internet, no sabe manejar las tecnologías, y muchos cuidadoras no tienen tiempo porque hay mamitas que tienen más de un hijo con discapacidad entonces a qué horas ? Entonces las cuidadoras somos cuerpo glorioso, no dormimos, no sentimos, nada nos afecta y somos invisibles en el tema de hacer cumplįr la obligación constitucional de proteger al ciudadano en estado de indefensión tampoco es considerado un trabajo el oficio de nosotras, entonces toma el teletrabajo como la gran estrategia para solucionar las problemáticas surgidas por hacer los proyectos desde el imaginario de qui3n no vive y trabaja bajo agectaciøn por variantes en 8 discapacidades? Eso es maltrato a la mujer del más alto grado. Gracias

    diciembre 29 2021, 7:32:15 p. m.
  • Anonimo ¡estoy de acuerdo!

    Reconocer, que el error para tratar la problemática de la población con discapacidad há sido, visualizarnos desde el singular de persona con discapacidad. La realidad de nuestra población es en el plural, porque la afectación no es solo para la persona que la tiene,, sino para su núcleo familiar y para su cuidador o cuidadora. Cuándo también reconocemos, qué no es una única discapacidad sino que son 8 incluyendo la más importante la más grave la que hace múltiple o severa cualquier afectación; me refiero a la discapacidad del estado colombiano para tratarnos como parte y no como punto aparte, se puede concluir qué se presentan las variantes, qué hacen puntual la afectación. Por ejemplo: No es lo mismo la afectación por autismo, que por autismo y sordoceguera, no es lo mismo la afectación para cuidar a un ser querido afectado por variantes en 8 discapacidades que cuidar dos o más. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador o cuidadora jóven qué de la tercera edad. No es lo mismo la afectación por ser cuidar(a) en el campo que en la ciudad. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a) lgtb qué heterosexual. No es lo mismo la afectación, por ser cuidador(a), teniendo plática que sin tener ná. Mi propuesta es qué en cada entidad pública y/o privada, exista una oficina o punto físico o virtual dónde se reciba, registre, se haga seguimiento y cumplimiento a la solicitud de ajuste razonable con enfoque diferencial que presente, la persona, núcleo familiar y/o cuidador y/o comunidad afectada puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Agradezco la atención Magdalena Cala Nieto. Cuidadora familiar de mis hijos con discapacidad y núcleo familiar, afectado puntualmente por variantes en 8 discapacidades. Localidad de Teusaquillo.. Nota: Un abogado me dijo que era muy difícil demostrar el estado de indefensión y le respondį: Traté de entrar a un sistema social que no fué pensado para usted y verá, cømo le vá. Eso es como tratar de llegar a la luna pegando un saltito. Digo esto en la experiencia de la propuesta de teletrabajo,por ejemplo: Nadie preguntó a ninguna persona con discapacidad, núcleo familiar y su cuidador o cuidadora que necesitaba para para acceder a esa propuesta de teletrabajo. Por ejemplo no cayeron en cuenta que muchas de las las familias y personas afectadas puntualmente no tienen recursos para comprar un computador, no tienen recursos para pagar internet, no sabe manejar las tecnologías, y muchos cuidadoras no tienen tiempo porque hay mamitas que tienen más de un hijo con discapacidad entonces a qué horas ? Entonces las cuidadoras somos cuerpo glorioso, no dormimos, no sentimos, nada nos afecta y somos invisibles en el tema de hacer cumplįr la obligación constitucional de proteger al ciudadano en estado de indefensión tampoco es considerado un trabajo el oficio de nosotras, entonces toma el teletrabajo como la gran estrategia para solucionar las problemáticas surgidas por hacer los proyectos desde el imaginario de qui3n no vive y trabaja bajo agectaciøn por variantes en 8 discapacidades? Eso es maltrato a la mujer del más alto grado. Gracias

    diciembre 29 2021, 7:32:15 p. m.